El tribunal de Estados Unidos investiga si la publicación de videos en el año 2015 fue lo que desato el atentado del estado islámico.
Según información de El País, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha hecho hoy un curso judicial cargado de casos importantes que afectan a la discriminación positiva en el acceso a las universidades, el medio ambiente, las reglas electorales y la discriminación de los homosexuales, entre otras muchas cuestiones.
Al tiempo que daban comienzo las vistas orales, que se retoman de forma presencial por primera vez desde que estalló la pandemia, el Supremo ha comunicado que admite nuevos casos. Entre ellos, destacan dos que medirán la responsabilidad que tienen las grandes compañías tecnológicas en el contenido que publican sus usuarios en las redes sociales.
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Google, Facebook, Twitter, Amazon y otras compañías con redes sociales viven así un gran test judicial sobre la moderación de sus contenidos, un asunto que ha despertado polémica y que está siendo objeto de regulaciones diferentes en los Estados. Uno de los casos admitido, Gonzalez, Reynaldo y otros contra Google, examinará en qué medida se puede responsabilizar a Google de la matanza del Mataclan en París por haber permitido la difusión en su plataforma Youtube la difusión de vídeos que incitaban a la violencia islamista. El otro afecta a Twitter, Google y Facebook en relación con el atentado en una discoteca de Estambul de 2017, con 39 muertos.
Caso
Según información de Investing, La Corte Suprema de Estados Unidos aceptó el lunes escuchar un reto a las protecciones federales que benefician a las empresas de Internet y a las redes sociales y que las liberan de responsabilidad por el contenido publicado por los usuarios, en un caso que
involucra a una estudiante estadounidense que fue asesinada en 2015 por militantes islamistas en París.
Los jueces aceptaron la apelación de los padres y otros familiares de Nohemi González, una mujer californiana de 23 años que estudiaba en París, contra el fallo de un tribunal inferior que eximió a YouTube, propiedad de Google LLC, de haber cometido una infracción en una demanda por daños y perjuicios que la familia presentó en virtud de una ley antiterrorista.
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