El Instituto Nacional para Ciegos, INCI dispone de la Constitución, con una impresión en Braille y macrotipo para las personas con discapacidad visual.
El Instituto Nacional para Ciegos –INCI, se une a la conmemoración de la Independencia de Colombia, dando a conocer la versión en braille y macrotipo de la constitución colombiana para las personas ciegas y con baja visión.
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El propósito de esta Constitución en braille es que los dos millones de colombianos con discapacidad visual puedan estudiar todo el catálogo de sus derechos consagrados en ella y sus mecanismos de protección.
La Constitución de 1991, consagró los derechos de las personas con discapacidad desde distintas dimensiones, desde el respeto de su dignidad humana, por su propia condición de persona, por la consagración expresa de sus derechos en la Constitución del 91, como grupo de especial protección en el Estado Social de Derecho y desde el Bloque de Constitucionalidad.
El principio del respeto de la dignidad humana del artículo 1 constitucional se aplica a las personas con discapacidad, ya que su dignidad no depende de sus capacidades ni de sus deficiencias, sino que se respeta por su propia condición de persona humana.
Por primera vez en la historia del derecho constitucional se hizo una consagración expresa de la discapacidad en la Constitución Política de Colombia de 1991, se da en los artículos 13 derecho a la igualdad, 47 sobre la política de discapacidad, 54 inclusión laboral de la discapacidad y el 68 sobre la inclusión en la educación de este grupo de especial protección constitucional.
El director del INCI Carlos Parra señala que “el Estado Social de Derecho, garantiza una protección especial a los grupos desaventajados, compensando sus desigualdades a través de acciones afirmativas como lo son las personas con discapacidad visual”.
El artículo 13 de la Constitución, señala de manera expresa, que el Estado sancionará los abusos o maltratos que se cometan contra las personas con debilidad manifiesta, como lo son las personas con discapacidad, por esto se aprobó la ley antidiscriminación 1752 de 2015 que sanciona estas conductas por razón de discapacidad.
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Por último, el artículo 93 constitucional le abrió la puerta a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, Ley 1346 de 2009, que se erige como un paradigma jurídico de protección para las personas con discapacidad, con una visión holística de los derechos humanos.
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