A causa de la emergencia sanitaria declarada por el gobierno nacional, la Dian aplazó las fechas de pago de obligaciones tributarias para el año 2020.
A través de un decreto, la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales, ha modificado el calendario de tributario previsto para el año en curso, con este se verán beneficiadas las empresas y grandes contribuyentes que desde hace ya varios días venían pidiendo un aplazamiento de estas obligaciones a causa de los efectos económicos del covid-19 en el territorio nacional.
Las alteraciones en el plazo del pago de las obligaciones tributarias le permitirá a los grandes contribuyentes con actividades reportadas relacionadas con el turismo, el transporte de pasajeros o entretenimiento (hoteles, empresas de eventos, aerolíneas) tienen como última fecha para el pago de las cuotas del impuesto sobre la renta hasta los días 31 de julio y 31 de agosto, al igual que personas jurídicas con razones comerciales similares.
Además las entidades financieras cambian su fecha de pago normal de sobretasa en sus dos cuotas acostumbradas para los días del 14 al 27 de abril, y la segunda de ellas para 9 al 24 de junio de 2020.
También se harán cambios en la declaración de activos en el exterior, y el plazo será extendido hasta el 25 de 2020 para normalizar bienes y recursos omitidos o inexistentes en anteriores declaraciones de renta.
Estas modificaciones llegan un día después de que el Defensor del contribuyente y usuario aduanero , Daniel Alberto Acevedo, solicitara mediante un escrito formal a la Dian el aplazamiento del pago de obligaciones tributarias para permitir que las empresas que se han visto fuertemente afectadas por la crisis del coronavirus puedan garantizar el pago de salarios y obligaciones prestacionales a sus empleados.
Con información de: Portafolio
Por: Juan Ramírez
Instagram: @sebasragut
Imagen: El Tiempo