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Lo que debe saber si cotiza pensión como independiente

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En caso de que sea independiente o contratista y tenga más de un contrato, deberá pagar aporte a Seguridad Social por cada uno.

Si usted se desempeña como independiente, contratista o tiene un contrato por prestación de servicios, asesoría y/o consultoría, debe realizar aportes al Sistema General de Seguridad Social, lo cual incluye aportes al subsistema de pensión a través de los operadores de información diligenciando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), establecidos para ello.

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Recuerde que un trabajador independiente es aquella persona que no está vinculada a una empresa mediante un contrato de trabajo, sino mediante un contrato por prestación de servicios, y son remunerados bajo la figura de honorarios o comisiones, o trabajan por cuenta propia.

El Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir indicó cómo funciona el sistema pensional para los trabajadores independiente. Esta entidad informó que para calcular el monto de aporte se determina sobre el 40% de los ingresos del trabajador independiente y sobre este valor se liquida el 16%, sin que la cotización sea inferior al salario mínimo legal mensual vigente que para este año es de $908.526 ni superior a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Para comprende lo anterior, imagine que un trabajador independiente tiene ingresos mensuales de $3.000.000. Eso quiere decir que, la base de cotización (40%) sería de $1.200.000, de los cuales se liquida el 16% así: $1.200.000 x 16% = $192.000 con destino al aporte a pensión.

Si como independiente o contratista usted tiene más de un contrato por prestación de servicios; deberá aportar a la Seguridad Social por cada uno de los contratos de acuerdo a la fórmula antes indicada sin que el tope de cotización supere los 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Los trabajadores dependientes

Para el caso de los trabajadores dependientes; el 100% de la cotización se distribuye así: el 75% de la cotización está a cargo del empleador y el 25% de la cotización está a cargo del trabajador. Para el caso de los trabajadores independientes, el 100% de la cotización se encuentra a su cargo.

Con información de: Portafolio
Por: Rider Colina Castro
Instagram: @colinarider_
Imagen: Kienyke

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