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Reglamentación del trabajo remoto

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Trabajo remoto

El Gobierno Nacional reglamentó el trabajo remoto con el Decreto 555 del 09 de abril del 2022, dejando en claro que en el no hay interacción física entre empleador y empleado.

El Decreto 555 es con el cual el Gobierno Nacional reglamenta el trabajo remoto, con este se da forma a la Ley 2069 del 2020 (Ley de Emprendimiento) y la Ley 2121 del 2021; ambas relacionadas con esta modalidad de empleo en el país.

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Según el decreto, el trabajo remoto es la modalidad en el cual empleador y empleado no tienen interacción física y la comunicación y desarrollo de actividades laborales se hace a través de las tecnologías de la información, telecomunicaciones y otros medios.

El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, y el presidente Iván Duque fueron los encargados de la reglamentación; adicional a ello, Cabrera menciona que los empleados no deben asistir a las instalaciones de la empresa, ni siquiera en la etapa precontractual.

Especificaciones del trabajo remoto

Dentro del contrato del trabajo remoto se debe especificar el auxilio mensual, el cual reemplazaría al del transporte, y que no debe ser menor a este; con este auxilio se compensaría los costos de internet, telefonía, y energía. Su valor debe ser de mutuo acuerdo.

Adicional, se debe acordar el valor de compensación por el uso de las herramientas del empleado y la posibilidad de desarrollar las labores en horarios flexibles, siempre y cuando cumplan con la jornada laboral semanal.

El decreto aclara también que solo hay tres excepciones en los cuales sí habrá interacción física entre empleador y empleado, las cuales son:

  • Adelantar procesos sancionatorios o disciplinarios
  • Instalar o actualizar manualmente en equipos de trabajo un software
  • Verificar los estándares que deben cumplir las herramientas y los equipos de trabajo.

Diferencias entre Trabajo remoto y Trabajo en Casa

Mientras que el trabajo en casa solo se da de manera temporal por situaciones excepcionales, el trabajo remoto es permanente y será realizado totalmente de manera remota y no permite alternancia.

Además, todas las labores serán completamente virtuales sin necesidad de asistir a un punto específico.

Con información de: El Espectador
Por: Paula Porto
Instagram: @paulaportocine
Imagen: Pexels

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