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Desarrollo desde el marco legal de la transformación energética en Colombia

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El Congreso de Colombia promulgó el diez de julio de 2021 la Ley 2099, mejor conocida como “Ley de Transición Energética” que, entre otras cosas, busca que el país se convierta en un atractivo para la inversión en energías renovables no convencionales.

Esta ley establece incentivos tributarios a las empresas que contribuyan a la lucha contra el cambio climático, deducciones en gravámenes y aranceles para los proyectos de hidrógeno verde y azul, así como estímulos para inversiones y equipos de almacenamiento de energía a gran escala.

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Por otro lado, fija iniciativas para mejorar y ampliar la cobertura del servicio de energía eléctrica en las zonas más apartadas de Colombia y excluye del IVA la adquisición de bienes y servicios para el desarrollo de proyectos de generación con fuentes no convencionales y de gestión eficiente de la energía.

Del mismo modo, el Gobierno de Colombia adoptará programas para promover la energía eléctrica, así como el uso de hidrógeno y gas combustible en el transporte tanto público como de carga. El avance que ha tenido el país en este tema ha llevado a que exista la necesidad de propender por “la promoción, estímulo e incentivo al desarrollo de las actividades de producción, utilización, almacenamiento, administración, operación y mantenimiento de las fuentes no convencionales de energía, así como el uso eficiente de la energía, dos características que se declaran como un asunto de utilidad pública e interés social, público y de conveniencia nacional”, explicó Daniel Rodríguez, socio de CMS Rodríguez-Azuero.

Y agregó que “esta Ley nace con el gran reto de dar un salto hacia la transición energética (por ello su nombre) que permita la utilización sostenible de los recursos y garantizar el abastecimiento energético generando un impacto positivo al medio ambiente”.

Hay que decir que la Ley reconoce al hidrógeno azul y verde como fuentes no convencionales de energía renovable y, además, apuesta para el fortalecimiento de acciones en contra del cambio climático y la consolidación de la transición energética, introduciendo cambios normativos que modernizan el sector. Entre tanto, de acuerdo con la Ley 2099, los beneficios tributarios y arancelarios y los tratamientos fiscales continuarán vigentes por un plazo de 30 años, contados a partir del primero de julio de 2021. Una vez cumplido dicho plazo, las inversiones y bienes tendrán el tratamiento tributario general y no gozarán de tratamientos tributarios especiales.

Por su parte, con la Ley de Transición Energética se creó el registro geotérmico en el cual estarán inscritos todos aquellos proyectos destinados a explorar y explotar la geotermia para generar energía eléctrica. Así las cosas, le corresponde al Ministerio de Minas y Energía de Colombia, o la entidad que éste designe, establecer condiciones especiales de registro para aquellos proyectos ya existentes de coproducción de energía eléctrica e hidrocarburos; adoptar las medidas necesarias para evitar la superposición de proyectos y determinar las condiciones, plazos, requisitos y las obligaciones bajo las cuales los interesados obtendrán, mantendrán y perderán este registro.

Por: Ing. Michael Dueñas
Instagram: @michaelenginner888
Imagen: Oil Channel TV

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