En una votación cerrada, la Corte Constitucional decidió tumbar el artículo que le permitía al legislativo sesionar de manera virtual a causa de la pandemia del Covid-19.
El artículo 12 que hacía parte del decreto 491, firmado en el mes de marzo, fue derribado por cinco votos contra cuatro, por lo que las sesiones presenciales deberán ser retomadas a partir del próximo 20 de julio. La Corte aclaró que esta decisión de volver a las labores legislativas de manera física no tendrá ningún efecto sobre las decisiones que se hayan tomado durante las sesiones virtuales, por lo que las resoluciones resultado de dichas reuniones mantendrán su vigencia.
Según lo explican los magistrados la decisión de eliminar el artículo responden a un aspecto técnico, y es que el artículo 3 de la Ley 5 de 1992 establece que el Congreso puede establecer desde su autonomía podía escoger no llevar a cabo reuniones físicas en vista de la situación de salud pública del país, por lo que el nuevo artículo del decreto 491 era una redundancia que debía ser eliminada.
Otra de las razones que podrían haber llevado a la decisión del alto tribunal es que el carácter de virtualidad de las sesiones no cumplía con los criterios de publicidad establecidos por la ley, por lo que podrían incurrir en una violación constitucional.
Con información de: La FM
Por: Juan Ramírez
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Imagen: El Tiempo