Los casos de Donald Trump y Diego Carillo ponen de presente una discusión pendiente sobre el significado de libertad de expresión, la imposición de la censura y la interpretación del contexto de las conversaciones en redes sociales, el nuevo escenario en el que se desarrolla el activismo político a nivel global.
Twitter tomó la decisión de cerrar definitivamente la cuenta oficial del aún presidente de los Estados Unidos, Donald Trump. Muchas personas, entre seguidores y detractores, al conocer el anuncio no dudaron en catalogar la acción como un acto de censura y un peligroso antecedente para la libertad de expresión en la virtualidad.
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Mientras tanto en Colombia, a Diego Duván Carillo se le citó a una audiencia de imputación de cargos por haber comentado un insulto contra el presidente Iván Duque esa misma red social. En ambos casos la interpretación de las publicaciones es una parte fundamental del entendimiento de las decisiones posteriores, pero las personas han decidido saltarse ese paso una vez más ¿Qué es censura y qué no? ¿Cuál es el límite de la libertad de expresión?
Con la mal denominada democratización de la tecnología, pues según datos del Ministerio TIC apenas la mitad de la población colombiana tiene acceso a internet, se han transformado las maneras de comunicar en estos espacios. La virtualidad se ha constituido como un lugar más para la interacción cotidiana con los demás. En ese intercambio priman la espontaneidad, la autenticidad y la osadía como valores calificados positivamente por los usuarios que hacemos uso de las redes sociales, por ello es normal sentir predilección por publicaciones que se sienten frescas, reales y sin filtro.
Esa preferencia por la naturalidad del lenguaje informal de las redes ha permeado hasta las esferas que se creían más alejadas de la superficialidad. Casos como el de la creciente práctica del click baiting, las noticias falsas y el sensacionalismo en el periodismo digital nos demuestran hasta donde se ha llegado en esa persecución de la tendencia.
En ese crecimiento potencial de los volúmenes de lo digital es fácil perder de vista algunos conceptos básicos de la comunicación. La transmisión del mensaje no se limita a lo que se dice, aquí también intervienen otras dimensiones, en especial una que hemos perdido de vista día con día: el contexto.
La libertad de expresión es un derecho que debe ser garantizado por el Estado y sus instituciones, eso está claro. Podemos decir cuanto queramos mientras que esto no signifique una vulneración a los derechos de alguien más, y no deberíamos tener que temer algún tipo de represalia por decirlo. Lo que no es la libertad de expresión es un boleto gratuito para ofender, insultar, degradar o generar violencia. Y es que más allá de la literalidad de las palabras usadas se encuentra el contexto que las contiene, ahí está ese temido límite del derecho a decir y opinar lo que nos place.
Es por ello que suponer como censura la suspensión definitiva de las cuentas en redes sociales de Donald Trump no solo es una ingenuidad, además es no entender la realidad que rodea los hechos. Al presidente de los Estados Unidos no se le privó de su derecho a pensar y opinar diferente, a Trump se le sanciona por realizar comentarios que atentan gravemente contra las normas de un contexto determinado, en este caso las reglas de la Twitter. Los comentarios del mandatario norteamericano, presentados dentro del contexto del asalto al capitolio estadounidense, son entendidos como potencialmente peligrosos y que incitan a la violencia, esto teniendo en cuenta su posición de influencia y la naturaleza de sus declaraciones.
Mientras eso ocurría, el joven colombiano Diego Duván Carrillo era llamado por la Fiscalía para ser imputado por el delito de instigación a delinquir, esto como consecuencia de un comentario que realizó en respuesta a una publicación hecha desde la cuenta oficial del presidente de la república en la que hablaba sobre economía naranja. El trino en cuestión fue “Ojalá maten a ese cerdo”. Este insulto le significó a Diego la posibilidad de tener que ir a la cárcel por invitar a la violencia y constituir una amenaza a la seguridad del primer mandatario. ¿Son comparables estos casos?
Ambos sirven para ilustrar el problema que tienen las personas a la hora de interpretar las situaciones, una dificultad que enfrentan también las instituciones que reparten justicia. Los casos no son equiparables, en uno está involucrado el dirigente del país con mayor influencia de occidente, quien se negaba a reconocer el resultado de las elecciones presidenciales de su país y que puede generar reacciones violentas en millones de seguidores, mientras que en el otro un ciudadano común en una cuenta con menos de 100 seguidores lanzó un improperio contra un presidente, y aunque el lenguaje parezca inadecuado, la expresión de esa inconformidad está amparada por la propia constitución.
No se puede considerar que existe algún tipo de censura tal cual en alguno de los dos casos. Quien decide cerrar la cuenta de Trump es una plataforma perteneciente a un operador privado que establece unas reglas para la convivencia, normas que fueron violadas repetidas veces por un usuario con gran influencia y cuyos actos podrían desencadenar en más acciones reales, no es censura, es una sanción por un flagrante incumplimiento de las reglas. Esto no significa que ahora sea Twitter quien decida que tipo de ideologías tienen permitido opinar y que otras deberían quedarse al maargen del debate público, esto significa que no existe ningún usuario tan poderoso como para violar las normas y quedar impune, una decisión que va más orientada a la prevención de la violencia que en contravía de las libertades.
El caso de Diego Carrillo es distinto, al ser un usuario que lanzó un improperio sin algún tipo de consecuencia en la realidad fuera de la red social, aquí podríamos hablar de una intención censora. En esta ocasión fue la Fiscalía quien llamó al joven, no un ente privado con sanciones en ese entorno privado, es una institución pública con implicaciones jurídicas, dejando en claro que existe en la justicia una incapacidad de diferenciar lo que es una amenaza real de un simple comentario fuera de lugar de una persona en oposición al presidente, sentando una peligrosa jurisprudencia sobre los límites de la libertad de expresión y derecho a la protesta.
El Estado en su papel de garante máximo de las libertades debería ser capaz de discernir entre lo que significa un peligro auténtico para la de lo que es un incauto comentario de un adolescente que creyó que su libertad de expresión podía ser aprovechada para insultar un presidente.
Y es que a pesar de que existe una clara malinterpretación del contexto en el que Diego Carrillo crea el improperio, también es una oportunidad para replantearnos desde que lugar se genera la crítica y de que manera se hace. Esto no quiere decir que no se pueda atacar la figura del presidente, pero si nuestra idea de oposición es aludir a denigrar el aspecto físico y acudir al deseo de exterminio de una figura pública contraria en nuestro pensar ¿Qué nos hace diferente a eso que criticamos?
Entiendo que desde la comedia más transgresora el insulto pueda tener el objetivo de reivindicar alguna causa justa. Promover la sátira es necesario en un país que ha demostrado ser profundamente intolerante con sus críticos más mordaces, por ello es elemental ejercer nuestro derecho a la libertad de pensamiento con expresiones más inteligentes y propositivas que un “Ojalá maten a ese cerdo”, de lo contrario nos veremos recurrentemente envueltos en esta situación donde un órgano administrador de justicia tergiversa un contexto que avanza mucho más rápido de lo que se pueden modificar las leyes. Seamos más inteligentes que un presidente que cree que puede incitar a la violencia sin consecuencias, y mucho más astutos que un comentario osado sin ningún tipo de contenido que no representa la verdadera profundidad de nuestro inconformismo, seamos mejores que Trump y Diego.
Por: Juan Ramírez
Instagram: @sebasragut
Imagen: Archivo Particular
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