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Nuevas licencias remuneradas en el cuidado de menores con enfermedades terminales

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Será otorgada a padres o tutores legales de aquellos menores de edad que se encuentran en situación crítica de sus enfermedades terminales.

Lastimosamente son bastantes los niños que en Colombia sufren de enfermedades terminales y tras los llamados de ayuda de sus padres o personas que están pendiente de su cuidado, el Congreso de la república emitió la Ley 2174 de 2021 que permitirá ofrecer a los padres o tutores una licencia anual remunerada que equivale a 10 días hábiles en los cuales estarán el pendiente de los niños.

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Esta licencia podrá ser tomada de manera continua o fragmentada según lo requiera el padre frente a la enfermedad del infante en cuestión. Se debe tener en cuenta que esta licencia cubre a trabajadores tanto públicos como privados y que se debe acreditar por medio de una incapacidad otorgada por el médico tratante y en la cual se debe especificar la importancia y necesidad del acompañamiento para el menor.

La experta en derecho laboral, Adriana Escobar, firma que si son dos los padres no habrá ningún problema en otorgarle la licencia a ambos siempre y cuando no sea utilizada en al mismo tiempo. Hay que mencionar que la EPS de afiliación será quien este a cargo del desembolso y que se deberá seguir todo al pie de la letra para que en este caso el padre, quien sería el empleado, no tenga inconvenientes con su empleador.

En conclusión, la experta afirma también que se debe tener en cuenta que el Gobierno Nacional reglamentará factores que no resultan del todo claros al momento de la aplicación de la licencia; tal como lo es el pago por parte de la EPS una vez empiezan los días de licencia o una vez terminen los mismos y se establecerá una clara información de la adquisición de dicha licencia.

Con información de: Noticias RCN
Por: Laura Riatiga
Instagram: @camilariatiga
Imagen: Paho

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