El director administrativo de la Función Pública explicó la actualización de los contratos por prestación de servicios luego de cuatro meses.
La propuesta del Gobierno del cambio de eliminar los contratos de prestación de servicios ha generado polémicas, ya que es incierto el futuro de estos contratos en el país. Sin embargo en esta ocasión, se ha compartido información relevante frente a esta modalidad de contratación.
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César Manrique, el director del Departamento Administrativo de la función pública, recientemente ha hablado sobre una nueva circular que específica los casos en los que se puede contratar por prestación de servicios por más de cuatro meses.
Según información de Noticias RCN; «La contratación directa a través del contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión deberá tener un término de duración de cuatro meses, plazo durante el cual los organismos y entidades deberán elaborar los estudios técnicos requeridos y establecer la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades que se requieran” recogió el medio a partir del documento que generó el DAFP.
¿Qué dice la circular?
Entre el Ministerio de Trabajo y la Función Pública se ha establecido un documento con versiones que se recogen de estás dos entidades.
- Para suscribir contratos, ya sea con personas naturales o jurídicas se deberán realizar estudios previos que argumente las razones por las cuales dicha actividad no las puede realizar una persona de planta.
- Los contratos podrán exceder el plazo de cuatro meses, únicamente si se explica la necesidad de este contrato en lugar de crear un empleo de planta.
Por otro lado, Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo ha compartido una serie de recomendaciones que se podrían agregar a este documento.
En la circular también se dan conocer las excepciones permitidas para que las entidades pertenecientes al Gobierno, implementen este tipo de contrato por un tiempo mayor del ya establecido.
- Cuando no exista cierta especialidad o conocimiento en la planta personal y sea necesario contratarlo.
- Si la persona está en un mal estado de salud, en licencia de maternidad o en estado de gestión
- Cuando hay proyectos de inversión, ya que ahí se determina cuanto tiempo se va a ejecutar este personal.
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Esta implementación está en curso y para darle cumplimiento total a la ley, primero tendrá una evaluación total para asentir su funcionamiento.
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