Por nuevos métodos en el Sisbén se tomaron decisiones presupuestarias con respecto a las pensiones de los colombianos.
La Corte Constitucional le dio exactamente dos meses de plazo al Ministerio del Trabajo para que expida una regulación que deje en claro los rangos para el reconocimiento de la pensión familiar en el régimen de primera medida con base a la nueva metodología IV del Sisbén.
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La orden de la Corte se dio en el momento que se estudió el caso de una pareja de esposos mayores de edad que solicitaron el reconocimiento de la pensión familiar ante la entidad Colpensiones, explicando que no tenían el número de semanas para acceder al plan de pensión de vejez de forma individual.
La entidad Colpensiones negó la solicitud debida que no está dentro del rango del Sisbén III, el cual establece como puntaje máximo 43,63, mientras que ellos estaban registrados con 43,84, basándose en la resolución 1708 de 2014 del Ministerio del Trabajo.
Gloria Stella Ortiz Delgado, magistrada de la Corte, concluyó que en este momento es imposible que Colpensiones estudie la solicitud de la pareja porque la regulación aplicada por esa entidad que fue expedida por el Ministerio del Trabajo no corresponde con la metodología actual del Sisbén bajo la cual fueron encuestados.
Ajustes
La razón de ellos es que, durante el proceso, la pareja fue registrada en la base de datos del Sisbén IV, lo cual resultó en su clasificación en el “Grupo B4: pobreza moderada”. Esta circunstancia cobra especial relevancia, puesto que la regulación actual para reconocer la pensión familiar solamente considera los puntajes de Sisbén III.
“El Mintrabajo omitió su deber de expedir la resolución que fije los rangos para el reconocimiento de la pensión familiar en el régimen de prima
media con base en la nueva metodología IV del Sisbén”
Con información de: El Tiempo
Por: Valeria Ramírez R.
Instagram: @valeria_r37
Imagen: Pensiones al día Avanzar